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Elegibilidad para el plan voluntario y beneficios

El empleado puede consultar con el empleador para saber si está cubierto por un plan voluntario (VP, por sus siglas en inglés) o por el Seguro Estatal de Incapacidad (SDI, por sus siglas en inglés). El empleador debe mantener registros sobre la cobertura del VP y el SDI para todos los empleados elegibles.

En la mayoría de los casos, la cobertura del VP comienza el primer día de trabajo para los planes voluntarios ya existentes o en la fecha que el empleado decida optar por la cobertura de un nuevo plan voluntario. El empleado tiene la opción de renunciar voluntariamente al VP y usar el SDI en su lugar.

Nota: Algunos VP requieren que el empleado trabaje para la empresa por cierto período de tiempo antes de que la cobertura entre en vigencia. En esta situación, el SDI cubrirá al empleado durante ese período.

Cuando el VP decide cubrir a todos los empleados, se debe archivar un comprobante de rechazo firmado por cualquier empleado que elija la cobertura del SDI en su lugar. Si la cobertura automática no está en vigor, se debe confirmar la opción de cobertura que eligió cada empleado con una hoja de inscripción u otra documentación.

El empleado puede presentar una solicitud del Seguro de Incapacidad de un Plan Voluntario (VPDI, por sus siglas en inglés) si está imposibilitado para trabajar debido a una enfermedad o lesión no relacionada con el trabajo, o por embarazo.

La elegibilidad del empleado se determinará sobre la base de la fecha en que:

  1. Comenzó la incapacidad.
  2. La condición llegó a tal punto que el empleado quedó imposibilitado para realizar su trabajo normal o habitual.

Esta fecha puede diferir de la fecha de inicio de la solicitud o del primer día en que el empleado puede recibir beneficios.

Las condiciones crónicas de salud pueden requerir revisiones adicionales. Es posible que se necesiten registros de personal, información de asistencia o una entrevista con el supervisor del empleado para identificar el momento en que quedó incapacitado debido a esa condición médica. Una condición médica puede existir por un tiempo sin que le impida al empleado hacer su trabajo normal o habitual. Si esa misma condición empeora, el empleado es elegible para recibir beneficios por incapacidad.

Los empleados que tienen la cobertura del VP también cuentan con cobertura del Permiso Familiar de un Plan Voluntario (VPFL, por sus siglas en inglés). Si la aseguradora del VP proporciona cobertura del VPDI, también debe proporcionar cobertura del VPFL.

El empleado puede presentar una solicitud de beneficios del Permiso Familiar del VP por los siguientes motivos:

  1. Para cuidar a un familiar que se encuentra gravemente enfermo (hijo, padre, suegro, abuelo, hermano, cónyuge o pareja doméstica debidamente registrada).
  2. Para establecer un vínculo paternal con un nuevo hijo, ya sea por nacimiento, adopción o cuidado de crianza temporal (foster care).
  3. Para participar en un evento aprobado por el despliegue militar de un cónyuge, pareja doméstica debidamente registrada, padre o hijo en un país extranjero.

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